Giveaway | BDWS 2022 Package - International Coaching Federation
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Sorteo Virtual “BDWS On-demand Series 2022”

Te compartimos a continuación toda la información que debes tener en cuenta para participar del sorteo virtual BDWS On-demand Series 2022.

  • Bases y Condiciones

    Regalmento de Requisitos y Condiciones del Sorteo – BDWS On-demand Series 2022

    Artículo 1: La mecánica, la organización, la publicidad y los derechos relacionados con el sorteo virtual “BDWS OnDemand Series 2022”, en adelante denominada la “Promoción”, son propiedad exclusiva de International Coaching Federation y sus empresas matrices, en adelante denominado “ICF”.

    Artículo 2: El presente Reglamento de Requisitos y Condiciones del sorteo virtual “BDWS OnDemand Series 2022”, en adelante denominado “Reglamento”, establece las reglas para participar del Sorteo que realiza ICF entre quienes completen el formulario de Instagram, Facebook o LinkedIn, de conformidad con las condiciones y limitaciones establecidas en este Reglamento.

    Artículo 3: La vigencia de la Promoción es por tiempo limitado iniciando el día jueves 9 de marzo 2023 a las 12:00 pm (ART) y finalizando el día jueves 30 de marzo de 2023 a las 11:59 pm (ART). El sorteo se llevará a cabo el 4 de abril de 2023 y el ganador será anunciado en la cuenta de Instagram @icfenespanol el 5 de abril de 2023 a las 2:00 pm (ART). Los ganadores también recibirán una notificación por correo electrónico.

    Artículo 4: Para efectos del presente Reglamento, los clientes y usuarios aceptan y entienden, que el premio de esta Promoción será entregado, únicamente, al cliente que resulte ganador y cumpla con todas las condiciones establecidas en los anuncios.

    Artículo 5: Es condición obligatoria para todos aquellos que participen, completar el formulario con sus datos (nombre completo, correo electrónico, país) y responder a la pregunta “¿Sobre cuál de los siguientes temas te gustaría informarte para continuar tu desarrollo como coach?”.

    Artículo 6: No podrán participar de la Activación, ni ser ganadores, los empleados de ICF ni sus familiares en primer grado de consanguinidad directo, o colateral de segundo grado.

    Artículo 7: Todo participante acepta entender y someterse en todos sus extremos al presente Reglamento. Asimismo, es obligación de cada participante leer e informarse acerca del contenido del presente Reglamento que será publicado en la siguiente página Web: https://coachingfederation.org/sorteo-bdws2022

    Artículo 8: Para la selección del ganador se realizará el sorteo con la herramienta digital “App Sorteos”, lo hará la agencia Mazalán Comunicaciones teniendo en cuenta la participación de todos los que hayan completado el formulario hasta la fecha de finalización del concurso. El premio de este sorteo será entregado al ganador por ICF al correo electrónico que indique.

    El día posterior al cierre del concurso, ICF comunicará en su red social de Instagram una historia anunciando el nombre de los dos (2) ganadores. La historia quedará guardada en “historias destacadas” durante todo el año 2023.

    Artículo 9: El premio del sorteo es un (1) acceso al paquete BDWS OnDemand Series 2022. Hay 2 ganadores. Por lo tanto se entregarán dos (2) accesos en total.

    Artículo 10: El premio no es transferible. Los dos (2) ganadores deberán cumplir con todos los pasos previos para poder acceder a su premio. En caso de no hacerlo se seleccionará un nuevo ganador.

    Artículo 11: El premio de esta Promoción será entregado, únicamente, a las personas ganadoras.

    Artículo 12: Todos aquellos clientes físicos y jurídicos que deseen participar en la presente promoción, entienden y aceptan que con el sólo hecho de ejecutar cualquiera de las mecánicas descritas en este Reglamento, se obligan a someterse a este en todos sus extremos. Asimismo, es obligación de cada participante leer e informarse acerca del contenido del mismo.

    Artículo 13: ICF podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del Sorteo, la cual será suspendida en forma inmediata sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar fraudes o cualquier otra irregularidad, o si se presentare una circunstancia de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero que afecte gravemente los intereses de ICF.

    Artículo 14: La promoción está sujeta a las condiciones y limitaciones que se indican en el presente Reglamento, incluyendo las siguientes:

    • Cualquier situación anormal que se presente eventualmente con la promoción y que no estuviera prevista en el presente Reglamento, será resuelta por ICF, en estricto apego a la legislación argentina.
    • Los clientes que resulten ganadores, deberán firmar un documento de recibido conforme de la entrega del premio, el cual autoriza a ICF para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general, en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen. Esta autorización es un requisito y condición indispensable para hacerse acreedor del premio.
    • Adicionalmente, aceptan expresamente que la responsabilidad de ICF se limita únicamente a la entrega del premio, quedando exonerado de toda responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y acción ante cualquier instancia administrativa y/o judicial por los efectos que directa o indirectamente puedan derivarse de este sorteo, ante el uso, aceptación y disfrute del mismo.
    • Los clientes que resulten ganadores, no pueden exigir la devolución, mejora y/o intercambio del premio, a cambio de dinero u otro beneficio que así pondere el ganador ante ICF; de la misma manera se establece que el premio no posee un valor comercial y por lo tanto, el cliente no podrá comercializarlo en el mercado, siendo el ganador el único responsable del uso que se le dé al mismo. De igual forma ICF no se hará responsable de gastos adicionales.
    • Cuando la naturaleza del premio, se encuentre asociado a un evento público de cualquier índole que no sea organizado por ICF y éste es cancelado o pospuesto por causas ajenas a ICF, éste último no asume ninguna responsabilidad al respecto, siendo así que exime de toda responsabilidad a ICF en dicha situación, por ende el cliente ganador, no podrán exigir la devolución del dinero.
    • Si se demuestra que una persona disfruta de la promoción por medio de engaño o fraude, ICF podrá reclamar el reembolso de los gastos, así como eventuales pérdidas y daños del premio relacionado con la promoción asignados al titular del servicio en cuestión.
    • Los clientes que participan en la promoción entienden, aceptan y consienten que ICF pueda recabar y utilizar sus datos personales para prestar servicios conforme al presente Reglamento, así como:
      • para proporcionar la información, servicios o soporte relacionado con los servicios postventa de ICF;
      • Para identificarlo y contactarlo de vez en cuando con actualizaciones del servicio;
      • Para enviar otros mensajes que sean útiles para el servicio que brindamos, incluidos mensajes sobre nuestros programas de premios, así como mensajes de y con respecto a la Fundación de la Federación Internacional de Entrenadores
      • Para gestionar nuestra relación con usted y llevar a cabo cualquier administración relacionada;
      • Para proporcionar contenido, servicios y publicidad personalizados, dirigidos o basados en la ubicación de nosotros y de terceros;
      • Para promocionar servicios, o los servicios de nuestros proveedores, incluso por correo electrónico y a través de plataformas de redes sociales (sujeto a los permisos de marketing pertinentes);
      • Para comparar la exactitud de la información y verificarla con terceros;
      • Para detectar, investigar y prevenir actividades que creemos que pueden ser potencialmente ilegales, ilegales o dañinas y para hacer cumplir las políticas de ICF;
      • Para llevar a cabo investigaciones, incluidas investigaciones de mercado, investigaciones estadísticas sobre el tráfico del sitio, ventas y otra información comercial para ayudarnos a mejorar los servicios que le brindamos y adaptar el Sitio;
      • Para realizar un seguimiento de las áreas del sitio de ICF que visita, la cantidad de tiempo que pasa y la fecha y hora en que accede al sitio de ICF para permitirnos adaptarlo para que coincida mejor con sus intereses y / o preferencias.

    Artículo 16: Para evitar delitos de falsedad ideológica, el recibir el premio por parte de la persona física será un acto personalísimo. Los clientes que resulten ganadores, para recibir el premio respectivo deberán, de previo, cumplir con los siguientes requisitos:

    • Domicilio debidamente inscrito en los siguientes países: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, España, Guatemala, México, Panamá, Perú, Puerto Rico, Uruguay y Venezuela (en adelante, “los Territorios”).
    • Tener como mínimo 18 años de edad o la mayoría de edad según establecida por cada uno de los Territorios y que sean legalmente capaces en el momento de su participación.

    Artículo 17: Toda la publicidad de la promoción es con fines ilustrativos.

    Artículo 18: ICF se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas reformas necesarias que mejoren la Promoción. Estos cambios si se hicieran, se darán a conocer de forma automática en la página web https://coachingfederation.org/sorteo-bdws2022

    Artículo 19: Para mayor información, así como, para la atención de las consultas respectivas, los clientes pueden accesar la página web https://coachingfederation.org/sorteo-bdws2022

    Artículo 20: El presente Reglamento rige a partir de su publicación en la página web https://coachingfederation.org/sorteo-bdws2022

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